NUEVAS MEDIDAS DE AGILIZACIÓN DE DESAHUCIO
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La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada en el BOE del 11 de octubre de 2011, con la que se pretende modernizar y acercar al ciudadano la administración de justicia, evitando dilaciones indebidas, ha entrado en vigor el lunes 31. Esta ley introduce modificaciones tanto en el orden penal como contencioso-administrativo como civil, y en concreto por lo que respecta a este último orden tienen especial relevancia las que extienden el sistema del juicio monitorio a los juicios de desahucio por falta de pago. Así, a partir de ahora una vez presentada la demanda por impago de rentas, el secretario judicial dará diez días al inquilino para que abone la cantidad adeudada, abandone la vivienda o presente las alegaciones por las que se opone al pago. Si transcurrido dicho plazo el demandado no ha realizado alguna de las anteriores actividades, el secretario judicial procederá directamente a fijar la fecha para el lanzamiento (desalojo del inmueble), previa solicitud del propietario. Con la reforma actual, el derecho a recuperar la vivienda puede ser reconocido en un plazo de diez días, si bien en la realidad este plazo tan corto dependerá del trabajo acumulado en el Juzgado y de la disponibilidad de fechas para la realización de las actuaciones. Esta modificación de la LEC viene a completar la llamada Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y Eficiencia Energética de los Edificios, denominada "Ley del desahucio exprés" que fue aprobada en 2009. Esta norma redujo de dos meses a uno el plazo que debe transcurrir entre el momento en el que el arrendador realiza el requerimiento de pago de las deudas atrasadas por rentas impagadas y gastos asimilados, en su caso y el momento en que puede presentar una demanda, sin que la acción de desahucio pueda ser enervada por el inquilino. |


HA ENTRADO EN VIGOR LAS NUEVAS MEDIDAS DE AGILIZACIÓN DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE ALQUILERES