JORNADA LABORAL CONVENIO SIDEROMETALURGIA
La jornada anual para el 2011 es de 1.776 horas, para ello NO SE TRABAJARÁN TRES de los siguientes días:
-7 de marzo
-2 de mayo
-5 diciembre
-7 de diciembre
-9 de diciembre
Si alguna empresa ha dado ya el 7 de enero como día libre, éste será computado como uno de esos 3 días no laborables.
También se puede cambiar los días anteriores por otros que mejor convenga.
Se declaran no laborables la tarde del Jueves Santo, la del 24 de diciembre y la jornada completa del 31 de diciembre. Si estos días coinciden en sábado, como ocurre en este año, será no laborable la jornada de tarde del día inmediatamente anterior. Como este año el Jueves Santo fue festivo, se traslada a la mañana del 24 de diciembre, que como coindice en sábado, para las empresas que no trabajen ese día, el convenio no aclara nada.

