Para contratos a tiempo parcial

1.Contratar de forma indefinida o temporal a personas menores de 30 años o mayores de 30 años que lleven al menos un año inscritos como desempleados.

2.La jornada de trabajo deberá estar entre un mínimo de 20 horas semanales y un máximo de 30 horas semanales.

3.Las empresas tendrán derecho a un 100% de reducción de las cuotas empresariales.

4.Duración inicial igual o inferior a seis meses.

5.Las empresas que hayan celebrado contratos temporales y no lleven más de un año, y procedan a transformarlos en indefinidos con la misma jornada o superior, podrán acogerse a las bonificaciones de la anterior reforma si reúnen las condiciones de la misma.

6.Las empresas están obligadas a mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación realizada, durante el período de la bonificación.